A- de 2016
Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez
✓Demandante Omar Oquendo Lopez
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Se rechaza por improcedente y se remite a quien conoció de la acción de tutela en primera instancia
- Competencia excepcional de la Corte Constitucional
- Competencia del juez de primera instancia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de cumplimiento y apertura de incidente de desacato de la Sentencia SU813/07.
El peticionario argumentó que el Juzgado Laboral del Circuito de la Ceja incumplió lo resuelto por la Corporación en la providencia de la referencia, específicamente en lo relacionado con la decisión de librar mandamiento de pago en su contra, sin que se hubiera realizado la reestructuración del crédito ordenado en el mismo.
La Sala no advierte ninguna de las causales de excepción que le permiten a la Corte iniciar el trámite de cumplimiento frente a la sentencia SU813/07 y, en consecuencia decide RECHAZAR por improcedente, las solicitudes formuladas.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. Por las razones expuestas, RECHAZAR por improcedente las solicitudes de cumplimiento y de apertura de incidente de desacato de la Sentencia SU-813 de 2007, promovidas por el senor Omar Oquendo Lopez.
- Segundo. INFORMAR al senor Omar Oquendo Lopez, que el juez competente para conocer del tramite de la solicitud de cumplimiento y de apertura de incidente de desacato de la referida sentencia, es la Sala de Casacion Civil de la Corte Suprema de Justicia.
- Tercero. ORDENAR la remision de este Auto y del escrito de solicitud de cumplimiento y de apertura de incidente de desacato de la Sentencia SU-813 de 2007 a la Sala de Casacion Civil de la Corte Suprema de Justicia, para que proceda segun sus competencias en la materia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.